El sistema PLAISIR©
se sienta en el principio de base que a todos niveles,
la toma de decisiones debe estar orientada por las necesidades de cada uno
de los pensionistas más que por los recursos globalmente disponibles.
Este sistema operacionaliza este principio de base centrándose en
los servicios requeridos por el pensionario más que en los que se
le ofrecen. Denominamos servicios requeridos los cuidados
de enfermería y asistencia (tanto profesionales como no profesionales)
requeridos por el pensionario para satisfacer a sus necesidades. La determinación
de los servicios requeridos por los profesionales es influenciada por su
filosofía de los cuidados que se traduce en un cierto número
de reglas, normas, estándares que especifiquen la manera de responder
a las diferentes necesidades.
Los cuidados dispensados no siempre corresponden
a los cuidados requeridos tal que les definimos anteriormente, y eso por
la falta de recursos, o por la evaluación errónea de las
necesidades del pensionario, o aún por las reglas internas del
centro de salud. Así, el personal sanitario puede ayudar al pensionario
a caminar una sola vez al día (cuidados dispensados) cuando los
estándares de calidad exigirían (cuidados requeridos) que
reciba ayuda para la caminata tres (3) veces al día. En el formulario
FRAN©, se indicará entonces la acción nursing, “caminar
con ayuda” a las 10h.-15h.-20h. “cada día”,
en lugar de “caminar con ayuda” a las 15h.
“cada día”.
Como mencionado más arriba, la
filosofía de los cuidados así que las normas y estándares
profesionales que se deriven, influyen la determinación de lo que
es requerido. Y aquella filosofía, normas y estándares varían
de un establecimiento al otro. Resulta que si no se le pone marco a la
determinación de lo que es requerido con reglas, el requerido de
un mismo pensionario (en términos de servicios y consecuentemente
en términos de recursos) variaría de un establecimiento
al otro. Eso plantea un problema importante de equidad si los resultados
de las evaluaciones PLAISIR©
son utilizados para proporcionar un presupuesto
entre los diferentes programas o establecimientos de una misma región,
en función de los recursos requeridos por sus residentes, o aún
en el caso de los seguros, para pagar los establecimientos para los cuidados
y la asistencia otorgados a cada uno de sus residentes. Por eso hay necesidad
de definir estándares de cuidados a los cuales deben afiliarse
todos los establecimientos.
Esos estándares de cuidados y
asistencia deben corresponder a lo que es reconocido por ser una “buena
práctica” en los establecimientos atañidos. Si no
corresponden a unos cuidados optimales, deben sin embargo permitir asegurar
al pensionario un bienestar y una seguridad convenientes. Los estándares
guían las enfermeras que evalúan, mediante el formulario
FRAN©, los cuidados de enfermería y asistencia requeridos por el
pensionario. Su carácter, sin ser prescriptivo, es indicativo de
un promedio del cual la enfermera puede desviar con tal de que justifique,
por escrito en el
FRAN©, el desvío basándose en la particularidad
de las necesidades del pensionario que evalúe.
Los estándares que fueron
aplicados a las evaluaciones
PLAISIR©
en los cantones de Suiza de lengua
francesa están presentados a continuación.
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